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El Día Europeo de la Protección de Datos

El día 28 de enero la Comisión Europea lo tiene declarado como Día de la Protección de Datos para resaltar la importancia de este derecho fundamental de las personas físicas y darlo a conocer un poquito más a los ciudadanos de la Unión Europea (UE).

Este año es especialmente trascendente incidir en este derecho fundamental por la inminente aprobación del Reglamento europeo de protección de datos que va a armonizar las normas de protección de datos en todos los Estados miembros de la UE. Hasta ahora la piedra angular de la legislación vigente en la UE ha sido la Directiva 95/46/CE, que tiene por objetivo defender el derecho fundamental a la protección de datos y garantizar la libre circulación de estos datos entre los Estados miembros. Sin embargo, los continuos desarrollos tecnológicos hacen necesario adecuar este marco normativo para proteger adecuadamente este derecho fundamental. El Internet de las cosas, el Big data, las Smart cities, los Drones, etc., implican nuevos tratamientos de datos personales y potenciales riesgos para la Privacy que exigen una revisión y actualización de nuestras normas de protección de datos de carácter personal.

Pero, ¿Qué es la protección de los datos de carácter personal? Pregunta que debemos hacernos porque gran parte de la ciudadanía todavía desconoce su significado o no tiene la percepción de que sea algo que haya que proteger. Se trata de un derecho fundamental que tienen las personas físicas que consiste en el poder de disposición que tienen sobre sus datos personales, el poder de decidir a quién dárselos, para que finalidades y cesiones de los mismos, teniendo siempre el consentimiento el carácter de revocable, es el llamado derecho a la autodeterminación informativa. Los datos personales son siempre de la persona física a la que correspondan, forman parte de su personalidad, y ella decide en todo momento sobre los tratamientos a que se van a ver sometidos por terceros que se convertirán en responsables de los ficheros en los que los integren o de los concretos tratamientos a que los sometan. Pero el titular último de los mismos siempre será la persona física a la que pertenezcan.

Por ello, los ciudadanos tenemos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a nuestros datos personales, los llamados derechos ARCO. El nuevo Reglamento da un paso más instaurando nuevos derechos. Habla del derecho a la transparencia de la información y la comunicación estableciéndose que el responsable del tratamiento facilitará al interesado cualquier información y comunicación relativa al tratamiento de datos personales, en forma inteligible, utilizando un lenguaje sencillo, claro y adaptado al interesado, en particular para cualquier información dirigida específicamente a los niños.

Se refiere también al derecho al olvido, pensando en las informaciones publicadas sobre las personas en Internet, y muy especialmente en su acceso a través de los sistemas de búsqueda (Google). Se recoge también en el nuevo Reglamento el derecho a la portabilidad de los datos que le permitirá al interesado (titular de los datos personales) obtener del responsable del tratamiento una copia de los datos objeto de tratamiento en un formato electrónico estructurado y comúnmente utilizado que le permita seguir utilizándolos.

Pero, ¿Por qué proteger los datos personales? Porque su conocimiento por terceros puede ser un medio para vulnerar otros derechos fundamentales, como el honor, la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, vida, integridad física y moral, libertad, etc. Quien tenga acceso a nuestros datos personales le será más fácil vulnerar nuestros derechos fundamentales si esa es su intención, de ahí su máxima protección como derecho fundamental autónomo en nuestro ordenamiento jurídico.

¡Larga vida al Habeas Data!